¡Haz parte de nosotros!
En Coompartir, creemos que nuestras acciones deben
estar guiadas por un
propósito claro y una visión de futuro que nos inspire a trabajar con pasión y compromiso.
Es por eso que desde
nuestros inicios, hemos establecido una misión y visión que nos permiten enfocarnos en lo
que realmente importa: nuestros asociados y su entorno familiar.
Además, en Coompartir nos regimos por principios cooperativos que nos permiten trabajar en
equipo y tomar decisiones justas y sostenibles, y contamos con un buen gobierno, basado en
la ética, la integridad y la eficiencia. Todo esto, sumado a nuestros valores como la
honestidad, el compromiso, la empatía, la responsabilidad y el respeto, nos permite
establecer relaciones duraderas y confiables con nuestros asociados y nuestras aliados
estratégicos.
A continuación, te presentamos nuestra misión, visión, principios, buen gobierno y valores,
para que conozcas más a fondo la esencia de nuestra cooperativa Coompartir y cómo trabajamos
para mejorar la calidad de vida de nuestra comunidad.
Asociar y prestar servicios tanto a personas naturales y a personas jurídicas sin ánimo de lucro, teniendo como base el Ahorro, buscando satisfacer sus necesidades en Educación, Vivienda, Salud, Recreación y Seguros, con productos sociales económicos que ayuden a mejorar la calidad de vida de los Asociados, sus Familias y Colaboradores.
Ser una entidad Cooperativa líder, innovadora y orientada a generar productos y servicios sociales de óptima calidad para satisfacción de todos los Asociados, sus Familias y Colaboradores.
1. Adhesión voluntaria, responsable
y abierta.
2. Participación económica de los asociados, en justicia y equidad.
3. Formación e información para sus miembros, de manera permanente, oportuna y
progresiva.
4. Autonomía, autodeterminación y autogobierno.
5. Control democrático.
6. Servicio a sus asociados y a la comunidad.
7. Cooperación entre Cooperativas.
El Código de Ética y Buen Gobierno, aprobado por el Consejo de Administración es de obligatorio cumplimiento para Directivos, empleados y/o funcionarios, contratistas, proveedores, clientes o asociados y en general para todos aquellos que tengan un vínculo con la cooperativa.
Solidaridad, Equidad
Honestidad, Transparencia
Confianza, Igualdad
Servicio y Responsabilidad
El Consejo de Administración es el órgano permanente de administración que tiene a su cargo la gestión superior de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “COOMPARTIR”. Estará subordinado a la Ley, los Entes de Control, el Estatuto, Reglamentos, Manuales y a las finalidades y políticas trazadas por la Asamblea General.
1. Adoptar su propio reglamento y velar por su estricto cumplimiento.
2. Asignar dentro de los miembros principales del Consejo de Administración los cargos de
presidente, vicepresidente, secretario y los integrantes de los comités, así como determinar
sus periodos.
3. Adoptar y aprobar los reglamentos relacionados con el sistema Integral de Riesgos -
SIAR, Código de ética y Buen Gobierno, Sistema de protección de datos personales, Sistema de
Administración de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT.
4. Fijar las políticas, adoptar el código de ética, aprobar el manual de procedimientos y las
actualizaciones para la adecuada aplicación del SARLAFT.
5. Emitir pronunciamientos sobre los
informes del SARLAFT presentados por el Oficial de cumplimiento, la revisoría fiscal, u otros órganos de
control interno, haciendo seguimiento a las observaciones y recomendaciones en las correspondientes
actas.
6. Ordenar los recursos técnicos y humanos necesarios para implementar y mantener en funcionamiento el
SARLAFT.
7. Cumplir y hacer cumplir la Ley, el Estatuto, los Reglamentos, los Manuales, los mandatos de la
Asamblea General, el Código de Ética y Buen Gobierno y los propios.
8. Decidir sobre la aplicación de sanciones.
9. Aprobar el Plan estratégico, planes, programas y proyectos, acordes con las políticas generales
fijadas por la Asamblea General, señalando las estrategias y actividades más convenientes para su
desarrollo, ejerciendo el seguimiento y control a los mismos.
10. Reglamentar los servicios que establezca la Cooperativa de Ahorro y Crédito “COOMPARTIR” y los
fondos
creados por la Asamblea General con fines determinados.
11. Constituir y reglamentar el Estatuto y los Comités Auxiliares delegando en los últimos el ejercicio
de algunas de sus funciones.
12. Aprobar y modificar el organigrama operativo, autorizar la creación de cargos y fijar su
remuneración.
13. Decidir y reglamentar sobre la cuantía de las pólizas de manejo que deben constituirse amparando a
los funcionarios conforme a las normas legales que regulan la materia
14. Nombrar, evaluar y remover al Gerente General y al respectivo suplente, fijándole su
remuneración.
15. Nombrar y remover al Oficial de Cumplimiento y su suplente.
16. Contratar auditorías externas de cualquier tipo.
17. Autorizar al Gerente General para la firma de contratos y convenios que excedan del monto de cinco
(5) salarios mínimos mensuales legales vigentes y para obtener los créditos que sean necesarios para
adelantar los proyectos y programas en desarrollo del objeto social de la Cooperativa de Ahorro y
Crédito “COOMPARTIR”.
18. Decidir sobre el ejercicio de acciones judiciales que pueda tenerla Cooperativa de Ahorro y Crédito
“COOMPARTIR”, delegando en el Gerente General la facultad de demandar y contestar demandas en cualquier
jurisdicción tanto de derecho público como de derecho privado siempre y cuando supere el monto de cinco
(5) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
19. Aprobar y reglamentar la destinación de los recursos financieros que la entidad obtenga con
organismos nacionales o internacionales.
20. Impartir aprobación al Presupuesto de Ingresos, Costos y Gastos para cada vigencia anual y hacerle
seguimiento mensual a su ejecución.
21. Autorizar las inversiones de los excedentes de caja.
22. Examinar en primera instancia los balances y estados financieros mensuales y de cierre de
ejercicio.
23. Convocar las Asambleas Generales Ordinarias dentro de los tres (3) primeros meses de cada ejercicio
y
a las Asambleas Generales Extraordinarias cuando fuere el caso y presentar el proyecto de reglamento
interno de las mismas.
24. Reglamentar la elección de Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, Comité de Apelaciones,
Revisoría Fiscal y Delegados a la Asamblea General.
25. Conocer en primera instancia los informes que serán presentados ante la Asamblea General.
26. Presentar a la Asamblea General el informe de sus actividades y el proyecto de aplicación de
excedentes del ejercicio.
27. Aprobar el ingreso de los Asociados, resolver sobre la sanción a aplicar, sobre el traspaso y la
devolución de aportes de acuerdo a las normas legalmente vigentes.
28. Resolver sobre la vinculación y retiro de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “COOMPARTIR” de
organismos que integren social y económicamente al cooperativismo.
29. Aprobar las actas de las sesiones del Consejo de Administración.
30. Vigilar el cumplimiento de las normas legales sobre la constitución del fondo de liquidez o
encaje.
31. Autorizar la apertura y organización de las sucursales o agencias que sean necesarias para atender
la demanda del servicio y el desarrollo social de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “COOMPARTIR”, con
el lleno de los requisitos técnicos y legales y de acuerdo con las condiciones socio económicas de
ésta.
32. Resolver los conflictos que se presenten entre los Asociados con ocasión de su vinculación a la
Cooperativa de Ahorro y Crédito “COOMPARTIR” o someterlos a conocimiento de la autoridad competente.
33. Analizar y aprobar o improbar las solicitudes de crédito que le competen estatutaria o
reglamentariamente.
34. Interpretar el presente Estatuto de acuerdo con la legislación cooperativa.
35. Aprobar el ingreso como asociado de Personas Públicamente expuestas (PEP).
36. Aprobar los castigos de cartera de crédito.
37. Aprobar las políticas, metodologías, estrategias y reglas de actuación que deberá seguir la
organización en el desarrollo de la administración de los riesgos de Lavado de Activo y Financiación del
Terrorismo, liquidez, crédito, mercado, operativo, de acuerdo con las normas y recomendaciones de los
entes de supervisión.
38. Impartir las orientaciones y políticas generales, para el cumplimiento del
objeto social de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito “COOMPARTIR”.
39. En general, ejercer todas las funciones que le correspondan de acuerdo a la Ley y el Estatuto, que
no estén expresamente asignadas a otros organismos y que tengan relación con la Administración de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito “COOMPARTIR”, en desarrollo de su objeto social.
a. Ser Asociado hábil de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “COOMPARTIR”.
b. Tener una antigüedad mínima continua de un (1) año de vinculación a la Cooperativa de Ahorro y
Crédito “COOMPARTIR”.
c. No estar incurso en incompatibilidad establecida por la Ley, el Código de Buen Gobierno y el presente
Estatuto o en inhabilidad para el ejercicio del cargo declarado por los órganos de control
estatales.
d. No haber sido sancionado disciplinaria o administrativamente por laCooperativa de Ahorro y Crédito
“COOMPARTIR” o por los Entes de Control correspondientes durante el año anterior a la nominación, ni
haber sido removido del cargo de gerente o miembro del Consejo de Administración o Junta de Vigilancia
de una organización de economía solidaria, exclusivamente por hechos atribuibles al candidato miembro de
Consejo o Junta y con ocasión del ordenamiento de medidas de intervención.
e. Acreditar un mínimo de veinte (20) horas en educación cooperativa o comprometerse a recibirlas dentro
de los tres meses siguientes a su elección.
f. Tener conocimientos básicos o experiencia en administración de empresas de economía solidaria,
acreditando experiencia suficiente en la actividad desarrollada por la organización y/o experiencia o
conocimientos apropiados para el cumplimiento de las responsabilidades y funciones.
g. Contar con capacidades y aptitudes personales, conocimiento, integridad ética, solvencia moral,
responsabilidad, destrezas idóneas para actuar como miembro de este órgano de administración con
vocación social y solidaria.
.
a. Por renuncia voluntaria.
b. Por faltar, sin excusa justificada, por tres (3) ocasiones consecutivas o por cuatro (4) discontinuas
durante el mismo año a las reuniones del Consejo de Administración habiendo sido convocado
oportunamente.
c. Por sanción aplicada por el Consejo de Administración al tenor de lo establecido en el presente
Estatuto.
d. Por revocatoria del mandato por parte de la Asamblea General, previa información sumaria.
e. Por incumplimiento en sus obligaciones económicas contraídas con la Cooperativa de Ahorro y Crédito
“COOMPARTIR” como Asociado mientras se coloca al día.
f. Por incumplimiento de sus funciones y de las normas contenidas en su Reglamento de
Funcionamiento.
g. Por quedar incurso en alguna de las incompatibilidades establecidas por la Ley, el Código de Buen
Gobierno y el presente Estatuto o en inhabilidad para el ejercicio del cargo declarado por los órganos
de control estatales.
h. Por incurrir en cualquiera de las causales de exclusión como asociado, establecidas en el
estatuto.
i. Por pérdida de la calidad de asociado.
Es el organismo encargado de estudiar las solicitudes de crédito y aplicar las políticas y normas de este servicio, reglamentadas por el Consejo de Administración, será el comité Auxiliar de Créditos nombrado éste para periodos de dos(2) años.
Encargado de estudiar las solicitudes de crédito y aplicar las políticas y normas de este servicio, reglamentadas por el Consejo de Administración
Las reuniones se realizaran de manera semanal, esta dependerá de la cantidad de créditos que existan para estudiar.
auxadmin@cooperativacoompartir.com, Cel 3122282637, WhatsApp 3122282737 Andrés Felipe Guampe Encargador departamento de Cartera
La Junta de Vigilancia es el órgano de control social y estará integrada por tres (3) Asociados hábiles, con sus suplentes numéricos, elegidos por la Asamblea General para períodos de dos (2) años. Se instalará por derecho propio a partir del primer día hábil del mes siguiente a la elección, pero en todo caso actuará hasta tanto se posesione la nueva Junta de Control Social y Vigilancia. Nombrará entre sus miembros principales como sus dignatarios a un Presidente y a un Secretario. El miembro principal restante actuará como vocal.
❖ Ejercer las funciones legales y estatutarias propias de su naturaleza,
especialmente las previstas en el Artículo 40 de la Ley 79 de 1988, en concordancia con lo
establecido en el Artículo 7º de la Ley 454 de 1998 y en la Circular Básica Jurídica.
❖ Velar porque los actos de los órganos de administración se ajusten a las prescripciones legales,
estatutarias, reglamentarias y, en especial, a los principios cooperativos.
❖ Informar a los órganos de administración, al Revisor Fiscal y a los organismos de control y
vigilancia sobre las irregularidades que existan en el funcionamiento de la Cooperativa y presentar
recomendaciones sobre las medidas que en su concepto deban adoptarse.
❖ Conocer los reclamos que presenten los Asociados en relación con la prestación de los servicios,
transmitirlos y solicitar los correctivos por el conducto regular y con la debida oportunidad.
Hacer llamadas de atención a los Asociados cuando incumplan los deberes consagrados en la Ley, el
Estatuto, los Reglamentos y los Manuales o cuando actúen desconociendo los principios básicos del
cooperativismo.
❖ Solicitar la aplicación de sanciones a los Asociados cuando haya lugar a ello y velar porque el
órgano competente se ajuste al procedimiento estatutario establecido para tal efecto.
❖ Verificar la lista de Asociados hábiles e inhábiles para poder participar en las Asambleas o para
elegir delegados.
❖ Verificar permanentemente la habilidad de los integrantes del Consejo de Administración, Junta de
Vigilancia, Comité de Apelaciones, Comités Auxiliares y de los delegados, e informar cuando se
presenten casos de inhabilidad entre los miembros principales para que actúen los suplentes si se
encuentran habilitados.
❖ Rendir informe sobre sus actividades a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria según el
caso.
❖ Convocar la Asamblea General cuando se den las circunstancias especiales establecidas en el
Estatuto.
❖ Aprobar su propio reglamento interno de funcionamiento.
❖ Las demás que por Ley le puedan corresponder, siempre que se refieran al control social y no sean
funciones propias de la Auditoría Interna o de la Revisoría Fiscal.
La Junta de Vigilancia se reunirá en forma ordinaria mensualmente y en forma extraordinaria cuando las circunstancias lo justifiquen. La convocatoria se hará por escrito, medios electrónicos o digitales que permitan tener la evidencia de dicha convocatoria a todos los integrantes del organismo, con cinco (5) días calendario de anticipación, indicando el día, la hora, el sitio de reunión y el temario a tratar.
Una de las funciones de la Junta de Vigilancia es conocer los reclamos que
presenten los Asociados en
relación con la prestación de los servicios, transmitirlos y solicitar los correctivos por el
conducto regular y con la debida oportunidad. Por tal razón presentamos los medios de comunicación
que pueden utilizar los asociados para reportar cualquier inquietud :
Correo electrónico: juntadevigilancia@gmail.com
Móvil 3103333476
Recuerde apreciado
asociado(a), cualquier inquietud o reclamo debe realizarce preferiblemente por escrito, si tienes
dudas por favor contactar a la gerencia general al correo gerencia@cooperativacoompartir.com
Nuestra cooperativa cuenta con una estructura organizacional sólida y eficiente, que nos
permite trabajar en equipo y tomar decisiones de manera ágil y efectiva. Estamos liderados por el
Consejo de Administración conformado por 9 miembros, quienes representan a nuestros asociados
y trabajan en conjunto con nuestra Gerencia General y comites para establecer los objetivos y
estrategias de la
cooperativa. Además, contamos con un equipo de colaboradores altamente capacitados y comprometidos,
distribuidos en nuestras diferentes áreas, quienes trabajan día a día para brindarte el mejor
servicio y la mejor atención. ¡En nuestra cooperativa Coompartir, todos trabajamos juntos para alcanzar
nuestras
metas y hacer realidad nuestros proyectos!
COOMPARTIR ¡ UNIDOS PARA PROGRESAR !
En Coompartir, creemos que la eficiencia y la calidad en la atención a nuestros asociados se
sustentan en una sólida estructura organizacional. Nos enorgullece presentarte esta estructura que hace
posible la cooperativa de ahorro y crédito que conoces y en la que confías.
Nuestro equipo, representado en el siguiente organigrama, es el corazón de Coompartir. Desde el Gerente
General hasta los cajeros y comités, cada miembro desempeña un papel esencial en el cumplimiento de los
objetivos y valores de nuestra cooperativa.
Coompartir cuenta con una estructura organizacional que se compone de:
Gerente General, Contadora, Jefe de Sistemas, Directores de agencias, Auxiliar Contable, Tesorera,
Secretaria de Gerencia, cajeros, comites entre otros.